Aprobación de la Ley de Libre Transitabilidad en la Cámara de Diputados
El 6 de octubre de 2026, la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Libre Transitabilidad, una normativa que contempla sanciones de entre tres y diez años de prisión para quienes realicen bloqueos de carreteras. Esta ley tiene como objetivo asegurar el derecho de circulación de la población en Bolivia y reúne diez proyectos legislativos previos que abordaban esta problemática.
La norma, que comprende 28 artículos y cuatro disposiciones finales, marca un cambio significativo al reemplazar las multas y suspensiones por penas de cárcel. Según el presidente de la Comisión, Manolo Rojas, la intención es "garantizar la libre locomoción y protección del pueblo boliviano". Sin embargo, también hay un llamado a diferenciar entre los bloqueos ilegales y el derecho a la protesta social, reconocido en la Constitución.
La ley establece que la máxima pena se aplicará cuando los bloqueos pongan en riesgo la vida de personas, ya sean civiles, policías o militares. Rojas señaló que las sanciones buscan disuadir conductas que afectan a derechos fundamentales como la salud y la educación.
A pesar del respaldo de varios legisladores, quienes consideran que esta ley es necesaria para proteger el derecho a la circulación, también existen advertencias de que no se debe utilizar para reprimir la protesta social. Por ello, algunos diputados solicitan que se incluyan salvaguardias en el proceso de detalle de la ley.
Representantes de organizaciones sociales expresaron su preocupación, afirmando que no se debe confundir un bloqueo legítimo con la delincuencia. Un dirigente de la Central Obrera Departamental subrayó que "el pueblo tiene derecho a reclamar cuando no lo escuchan".
Transportistas y cámaras empresariales han aplaudido esta iniciativa, insistiendo en la urgencia de su aprobación, dado que los bloqueos les ocasionan pérdidas millonarias anualmente. La ley, si es finalmente aprobada, podría ser revisada por la Cámara de Senadores, donde podrían realizarse modificaciones antes de su promulgación.